Escrito por: Alfa Pernalete, Asistente Administrativo Revisado por: Ángel Pinzón, Socio Director Escrito: 11-02-2025 Publicado: 26-02-2025
El Impuesto sobre la Renta (ISR) en Panamá es un tributo directo que se aplica sobre los ingresos obtenidos por personas naturales y jurídicas dentro del territorio nacional. Su objetivo es gravar la renta generada en el país, promoviendo la transparencia fiscal y alineándose con estándares internacionales contra el fraude y el lavado de dinero.

DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La Declaración del ISR es el proceso mediante el cual un contribuyente informa a la Dirección General de Ingresos (DGI) sobre sus ingresos y gastos en un período fiscal determinado.

PERIODO FISCAL

Período General : Del 1 de enero al 31 de diciembre. Período Especial : Puede ser solicitado por el contribuyente y abarca 12 meses a partir de la fecha elegida.

OBLIGACIÓN DE DECLARAR

Personas naturales y jurídicas. Personas jurídicas aun cuando no hayan tenido operaciones deben presentar una declaración sin operaciones.

EXONERACIONES O EXCEPCIONES

Asalariados con ingresos menores a B/.11,000.00 anuales y sin otras fuentes de ingresos. Empresas que operan bajo regímenes especiales (como la Zona Libre de Colón o Panamá Pacífico) tienen un tratamiento fiscal distinto.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN Y PAGO

Se puede solicitar una prórroga de un mes para la presentación, pero el pago debe efectuarse antes del 31 de marzo. Multas por presentación tardía: Entre B/.100.00 y B/.1,000.00. El ISR se paga en tres partidas: 30 de junio 30 de septiembre 31 de diciembre Este pago se basa en una estimación anticipada del impuesto.

CÓMO DECLARAR

La declaración se realiza a través del sistema e-Tax con el RUC y NIT del contribuyente. Desde la vigencia de la Ley 280 de 2021, las declaraciones con ingresos brutos superiores a B/.11,000.00 deben ser refrendadas por un Contador Público Autorizado .

TASAS IMPOSITIVAS

Personas Naturales Ingresos hasta B/.11,000.00 Exentos. Ingresos superiores a B/.11,000.00 Tasa progresiva según monto. Personas Jurídicas Tasa general del 25% sobre los ingresos netos.

MARCO LEGAL RELACIONADO

Decreto Ejecutivo No. 170 de 1993 y sus modificaciones. Ley 8 de 2010 (reforma del Código Fiscal). Ley 52 de 2016 (registros contables de personas jurídicas sin operaciones locales). Ley 280 de 2021 (regulación del ejercicio de la profesión de contador público).

PARA MAYOR INFORMACIÓN

Visite el sitio web oficial de la Dirección General de Ingresos (DGI): https://dgi.mef.gob.pa/ Para asesoría personalizada, contáctenos a través del correo: legaltax@orgauditores.com.pa
Tipo de Contribuyente
Fecha de Presentación
Fecha de Pago
Personas Naturales
Hasta el 15 de marzo
Hasta el 31 de marzo
Personas Jurídicas
Hasta el 31 de marzo
Hasta el 31 de marzo (Para el impuesto complementario, hasta el 30 de junio)
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